Art. 83 Cada equipo podrá tener hasta dos técnicos, los que tendran a su cargo no sólo la dirección técnica de ellos, sino además la responsabilidad de la presentación oportuna de la documentación de sus dirigidos ante el Director de Turno.
Será obligación de los técnicos firmar la planilla de juego junto con los jugadores. Los técnicos deberán ser inscritos como tales al principio de cada campeonato.
Art. 84 Los técnicos que agredan físicamente a un árbitro, a un turno o que retiren a sus equipos de un partido oficial de
Aquellos que insulten verbalmente o con gestos obscenos a un árbitro o a un turno, en el desarrollo de una actividad oficial de la rama de fútbol, serán sancionados por el tribunal de disciplina, atendida la gravedad de los insultos, la insistencia en los mismos y la conducta posterior a la expulsión.
Art. 85 Los técnicos que hagan jugar a miembros de la rama que se encuentren actualmente castigados, serán sancionados con a lo menos tres fechas de suspensión.
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