LOS PAGOS
Art. 92 Todos los pagos efectuados por concepto de inscripción de jugadores, cuota semestral, W.O, eventos organizados por
a) Los montos fijados, deberán ser oportunamente informados por el Directorio.
b) Los pagos se harán en la oficina, por el delegado, durante las reuniones de Consejo, al tesorero, quien deberá entregar un comprobante de recibo del dinero.
c) Las fechas topes para la cancelación son inamovibles. Los equipos que no cancelen en la fecha indicada tendrán las siguientes sanciones:
Una semana de atraso: Incremento del valor económico, fijado por el Directorio. Este incremento consistirá en un 25% del monto adeudado.
Dos semanas de atraso: Se resta 1 punto del acumulado en el Campeonato, más el incremento porcentual mencionado.
Tres semanas de atraso: Se resta 3 puntos del acumulado en el campeonato, más el incremento porcentual mencionado.
Cuatro semanas de atraso: Se resta 6 puntos del acumulado en el campeonato, más el incremento porcentual mencionado.
Cinco semanas de atraso: Se elimina al equipo del campeonato, pudiendo solicitar por escrito al Directorio su reingreso al campeonato, previo pago de las deudas, siendo responsable el Consejo decidir si el equipo continúa o se expulsa definitivamente.
Art. 93 Toda reforma al presente Reglamento deberá efectuarse en sesión especialmente convocada al efecto, con la asistencia mínima de los dos tercios de los delegados en ejercicio. Las reformas para ser aprobadas deberán contar la mayoría absoluta de los delegados asistentes.
FINAL.
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